Hoteles: ¿pueden solicitar devoluciones del IAE pagado durante la Covid? 11 julio, 2022
Hosteltur. Aunque el resultado dependerá en cada caso de diversos condicionantes, es posible solicitar una devolución total o parcial de las cantidades pagadas en concepto de IAE por parte de los hoteles durante los periodos más complicados de la Covid. Y ya hay sentencias a favor de los hoteleros que hacen aconsejable planteárselo.
Como punto de partida, Gabriel Buades, socio de Buades Legal, señala que los ayuntamientos han adoptado tres posturas. La primera, “la más conservadora, es en la que, como el IAE es un impuesto que se devenga cuando estás dado de alta en el censo con la actividad económica, si en el periodo COVID seguías estando dado de alta y no te diste de baja temporal (que es una posibilidad que se tiene) el impuesto se ha devengado y el empresario está obligado a pagarlo”.
La segunda postura, “más moderada, que creo que es la que acabará prevaleciendo, es que reconoce que respecto al periodo de prohibición total de la actividad, el hotel puede solicitar la devolución del IAE”. La tercera y última interpretación es la que los ayuntamientos “tienen en cuenta no solo los periodos de cierre obligatorio, sino los periodos de cierre de fronteras o que incluso el aeropuerto estuvo cerrado”. Los hoteles no tenían prohibida su actividad, pero no tenían clientes (porque el doméstico del municipio o la provincia no podía generar más que una actividad mínima). “Si puedo demostrar qué significaron estas restricciones para mi actividad, puedo reclamarlo. En esta parte es más complicado que los tribunales te puedan dar la razón”.
“Al inicio de la pandemia yo ya me planteé esta cuestión”, explica Marta Vidal, abogada del bufete Monlex. Lo comenté con la Federación Empresarial Hotelera de Mallorca (FEHM) e hicimos un escrito que dirigimos a todos los ayuntamientos de Baleares pidiendo que frenaran el cobro del IAE precisamente por este motivo, porque si lo que grava es el ejercicio de una actividad económica y resulta que el ejercicio de la actividad está prohibido por ley, evidentemente no hay hecho imponible, porque no se está ejerciendo ninguna actividad económica”.
“Este escrito que presentamos en cautela ante los Ayuntamientos, lo presentamos también ante el Govern de les Illles Balears, y se emitió un informe por parte de Hacienda de Baleares en el que decían que ni sí, ni no, ni blanco ni negro, pero ahí quedó”.
Aunque en el caso de Baleares aún no, ya hay jurisprudencia en diferentes partes de España, en concreto en los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Santander y Valencia, que sí han aceptado la reducción del IAE, incluso en Santander anulan el recibo por entender que la cuota no era correcta. También hay la sentencia de más alto rango es la del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, “que ha sido más conservador y ha reducido el IAE en el mismo porcentaje que el periodo de cierre obligatorio, y a lo largo de los próximos meses vamos a ver cómo se van resolviendo estos temas”, señala Buades.
IAE y subvenciones
Un aspecto importante a tener en cuenta es que si la empresa hubiera incluido este gasto de IAE dentro de los gastos subvencionables, y “te han dado una parte de la subvención en base a esto”, advierte Gabriel Buades, dependerá de lo que te hayan dado de subvención si aún puedes solicitar la devolución. “Si me he beneficiado de una subvención que me han dado para pagar este impuesto en particular” y lo cubre, no se puede solicitar. Por tanto, “dependerá de cada caso”.
“Ya hay encargos de hoteleros en Mallorca, tenemos en el despacho un par, para hacer esta reclamación”, concluye Marta Vidal. Con lo que considera que sí procede reclamar estas cantidades, más viendo que los tribunales ya se han estado pronunciando. “El proceso no es nada complicado y recomendamos hacerlo porque solo pueden ganar, no hay nada que perder”, opina la abogada de Monlex.