Hoteles, bares y restaurantes a 27 grados: polémica servida | Federació Hostaleria i Turisme de les Comarques de Girona

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Hoteles, bares y restaurantes a 27 grados: polémica servida

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Hosteltur. El Gobierno aprueba un “Plan de choque de ahorro y gestión energética en climatización”.

“Hemos aprobado un primer paso relativo al ahorro y eficiencia en los edificios administrativos, los espacios comerciales y culturales, grandes almacenes, hoteles…” Con estas palabras, la ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, presentó el lunes el “Plan de choque de ahorro y gestión energética en climatización“. Para la patronal hotelera CEHAT, “es la hora de ser solidarios en España con nuestros compañeros del centro y norte de Europa”. Pero según la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, “Madrid no se apaga”. Y para la Confederación Empresarial de Hostelería de España, será necesario tener en cuenta el confort tanto de clientes como de trabajadores. Por su parte, los hoteles de Madrid ven “acelerado e improvisado” el decreto. La polémica está servida.

Cabe recordar que el Consejo de Ministros ha aprobado mediante un real decreto-ley un “Plan de choque de ahorro y gestión energética en climatización” con el objetivo de “reducir rápidamente el consumo de energía en edificios administrativos, comerciales y de pública concurrencia, tal cual se define en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE), así como facilitar el cumplimiento de los compromisos europeos derivados del conflicto en Ucrania”.

La normativa entrará en vigor el próximo 10 de agosto y estará vigente hasta el 1 de noviembre de 2023.

Según apunta Jorge Marichal, presidente de CEHAT, “tenemos un problema en Europa y el mensaje es que tenemos que ser solidarios en España con nuestros compañeros del centro y del norte de Europa, como ellos fueron solidarios con nosotros en el momento de la pandemia”.

En este sentido, añade Marichal, “tenemos que evidenciar el mensaje de que el ahorro energético es necesario y debemos intentar que las facturas y la dependencia del gas y petróleo rusos tenemos que aminorarla en la medida de lo posible”.

“Por lo tanto, los hoteles seguiremos cumpliendo la normativa y dando el máximo confort a nuestros clientes para que sigan confiando en la experiencia vacacional de nuestro país”, concluye el presidente de Cehat.

Las medidas de ahorro en marcha

Según ha publicado el BOE del 1 de agosto, “la temperatura del aire en los recintos habitables acondicionados que se indican en el apartado 2 de la I.T. 3.8.1 del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, se limitará a los siguientes valores:

a) La temperatura del aire en los recintos calefactados no será superior a 19 ºC.

b) La temperatura del aire en los recintos refrigerados no será inferior a 27 ºC.

c) Las condiciones de temperatura anteriores estarán referidas al mantenimiento de una humedad relativa comprendida entre el 30% y el 70%”.

Por otra parte, y según describe la referencia del Consejo de Ministros del lunes 1 de agosto, esta normativa se aplicará a: inmuebles de las administraciones públicas; los establecimientos comerciales, como grandes almacenes o centros comerciales; los espacios culturales, como cines o centros de congresos; o las infraestructuras destinadas al transporte de personas, como estaciones y aeropuertos.

La normativa establece lo siguiente para los mencionados edificios:

  • “Tendrán las temperaturas de calefacción y refrigeración limitadas a 19 y 27 grados centígrados, respectivamente; contarán con siete días desde la publicación de la norma para hacer efectiva la limitación, que estará en vigor hasta el 1 de octubre de 2023”.
  • “Exhibirán en carteles o pantallas las medidas obligatorias de ahorro, entre otras adicionales que reduzcan el consumo. También tendrán siete días para cumplir y su vigencia será efectiva hasta el 1 de octubre de 2023”.
  • “Antes del 30 de septiembre deberán disponer de cierres automáticos en las puertas de acceso para impedir que se queden abiertas permanentemente, con el consiguiente despilfarro por pérdidas de energía al exterior”.
  • “El alumbrado de los escaparates tendrá que estar apagado desde las 22.00 horas. Esta disposición también se aplicará a los edificios públicos que estén desocupados en ese momento. Igualmente, tendrán siete días para cumplir y lo tendrán que hacer hasta el 1 de octubre de 2023”.
  • “Aquellos inmuebles que hayan pasado la inspección de eficiencia energética antes del 1 de enero de 2021 deberán someterse a una revisión extraordinaria antes del 31 de diciembre de 2022, de modo que todos los edificios con un consumo de climatización relevante hayan superado una inspección en los últimos dos años”.

Según explica el Gobierno, “en un contexto en el que los 27 miembros de la UE han acordado reducir voluntariamente su consumo de gas, esta medida busca minimizar el impacto económico y social de un eventual corte de suministro de gas ruso”.

Hostelería de España: la temperatura deberá ajustarse a las disposiciones de seguridad y salud en los lugares de trabajo

Por su parte, la Confederación Empresarial de Hostelería de España ha emitido un comunicado donde valora las medidas aprobadas por el gobierno.

“El artículo 29 (del Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto) regula la temperatura del aire en determinados locales, entre otros, los bares, restaurantes y cafeterías. Se limita, para los recintos calefactados, a una temperatura no superior a 19ºC; para los refrigerados, no podrá ser inferior a 27ºC. Debe entenderse que estos son los límites de la temperatura ambiente que se registre en los establecimientos”, dice la entidad.

“Estos umbrales, no obstante, deberán ajustarse a lo previsto en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Su artículo 7 remite al anexo III, en el que se recogen las condiciones termohigrométricas que deben cumplirse en los locales cerrados:

  • “Cuando se realicen trabajos sedentarios (oficinas y similares), la temperatura
    deberá estar comprendida entre los 17 y los 27º C”
  • “En locales en que se realice un trabajo ligero, estará comprendida entre 14 y 25º C”.
  • Según este artículo, añade Hostelería de España, “la temperatura en restaurantes, bares o cafeterías, en los que se realizaría «un trabajo ligero», no podrá superar los 25º C. Por lo tanto, interpretando esta normativa junto con la limitación del artículo 29, los locales de restauración podrán refrigerarse por debajo de los 27 º C, aunque no menos de los 25º C”.

    En todo caso, desde Hostelería de España se recuerda que se está trabajando desde hace tiempo en distintos ámbitos para luchar por los Objetivos de Desarrollo Sostenible, incluyendo medidas de ahorro energético, “por lo que estas medidas de control de temperatura en los locales se van a aplicar con normalidad, siempre teniendo en cuenta el confort tanto de los clientes como especialmente de los trabajadores de los establecimientos”.

    Excepciones para las cocinas

    Por su parte, la ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, ha dicho este martes que la medida de ahorro energético que limita la calefacción a 18 grados y la refrigeración a 27 grados tendrá excepciones, como en los casos de las cocinas de los restaurantes o las zonas de frío de los supermercados.

    “La norma tiene excepciones”, ha afirmado la ministra en una entrevista en el programa “La hora de La 1”, mencionando los casos de las cocinas de los restaurantes, donde ha dicho que “se va a preservar una climatización acorde para que los trabajadores tengan unas condiciones climáticas adecuadas”.

    En sus declaraciones, recogidas por la agencia Efe, Maroto ha detallado que la norma afecta a “comercios, bares, hoteles y restaurantes” pero no a “peluquerías, gimnasios, hospitales y otros espacios”.