Booking.com, más cerca de ser designada “gatekeeper” por Bruselas
Hosteltur. La Ley de Mercados Digitales de la UE trata de evitar los monopolios digitales y la agencia de viajes online Booking.com está en el punto de mira de Bruselas.
La agencia de viajes online Booking.com ha notificado a la Comisión Europea su posible estatus de “gatekeeper” tras haber superado los umbrales cuantitativos establecidos por la reciente Ley de Mercados Digitales (DMA). Bruselas dispone ahora de 45 días para decidir si designa o no a la OTA como “gatekeeper” y, en ese caso, la plataforma online de reservas de viajes quedaría sujeta a nuevas normas dirigidas a evitar los monopolios digitales en la UE.
En una nota de prensa, la Comisión Europea ha confirmado que, además de Booking, las compañías ByteDance (propietaria de TikTok) y la red social X (antigua Twitter) también han notificado su posible estatus de “gatekeeper” según lo establecido en la nueva Ley de Mercados Digitales.
¿Qué son los gatekeepers?
Grandes compañías tecnológicas que operan en la Unión Europea pueden quedar sujetas a la DMA y ser designadas como “gatekeepers” por Bruselas si sus servicios (que pueden ser motores de búsqueda, tiendas de aplicaciones, servicios de mensajería, etc) tienen 45 millones de usuarios activos mensuales, 100.000 usuarios comerciales anuales y, en definitiva, si tienen “un impacto significativo en el mercado”.
Esta ley ya afecta a 22 servicios que ofrecen compañías como Meta (Facebook, Instagram, WhatsApp, Messenger), Alphabet (Google, YouTube, Chrome), Apple, Microsoft, etc. Las normas de la DMA les serán aplicables a partir del 7 de marzo de 2024.
En otras palabras, la Comisión Europea considera que estas compañías, a las que califica como gatekeepers (algo así como los “porteros de internet” o los “guardabarreras” que controlan a los millones de consumidores que acceden al mundo online) tienen un poder suficiente para distorsionar el mercado.
El caso de Booking.com
El pasado octubre, la agencia de viajes online Booking.com logró, por los pelos, no ser incluida en la nueva ley de mercados digitales de la Unión Europea, debido a que el impacto de la pandemia en los viajes había mermado sus cifras.
Sin embargo, el pasado 1 de marzo, Booking.com notificó a la Comisión Europea que ahora ya sí cumple los llamados “criterios de notificación cuantitativa” de la DMA.
Por su parte, la Comisión Europea ha informado que ahora tiene 45 días laborables para decidir si designa a Booking.com como “Gatekeeper”.
“La Comisión también evaluará cualquier argumento presentado por las empresas que presentan la notificación para rebatir la presunción de que deberían ser designadas como Gatekeeper. Si son designados, tendrán seis meses para cumplir con los requisitos de la DMA”, indica la Comisión Europea.
Desde Bruselas, se recuerda que “la DMA tiene como objetivo evitar que los Gatekeepers impongan condiciones injustas a las empresas y usuarios finales y garantizar la competitividad de los servicios digitales más importantes”.
Por su parte, Booking.com ha explicado que “seguimos manteniendo un enfoque constructivo con respecto a la DMA, ya que creemos que es importante que estos debates tengan lugar a nivel de la UE para garantizar la coherencia con vistas a asegurar que el ecosistema de viajes de Europa siga siendo justo y competitivo a nivel mundial”.
¿Qué significa para una compañía ser designado gatekeeper?
La Ley de Mercados Digitales (DMA) obligará a las empresas designadas como gatekeepers a lo siguiente:
- Estas compañías deberán avisar previamente a la Comisión Europea cuando quieran adquirir otra compañía y tendrán que designar a un interlocutor con el Ejecutivo comunitario para lidiar con los posibles incumplimientos o investigaciones posteriores.
- La ley de mercados digitales cambia la lógica que ha imperado hasta ahora en la Unión Europea respecto a las normas antimonopolio, ya que las empresas deberán cumplir los requisitos de antemano, sin tener que esperar a que Bruselas inicie una investigación que suele durar años para determinar si respetan la libre competencia, en un mercado digital de rápida evolución.
- La norma les prohíbe combinar los datos personales que las empresas adquieren a través de sus múltiples servicios (por ejemplo, Meta no podrá cruzar la información entre Facebook y WhatsApp).
- Tampoco podrán obligar a los usuarios a mantener instaladas en sus dispositivos las aplicaciones móviles de la propia compañía y los clientes podrán adquirir aplicaciones a través de las tiendas de la competencia.
- Los gigantes de internet tampoco podrán favorecer sus propios productos en sus motores de búsqueda.
- Además, los servicios de mensajería de las grandes plataformas tendrán que ser compatibles con los de las empresas más pequeñas.
- También tendrán prohibido utilizar los datos que obtienen de sus clientes empresariales para competir con ellos, una medida que afecta, por ejemplo, a Amazon y Meta Marketplace.
- Las entidades financieras podrán ofrecer servicios de pago alternativos a los que actualmente ofrecen de forma monopolística algunas de estas compañías.
Si incumplen los criterios, Bruselas podrá imponerles multas de hasta el 20% de su facturación mundial y, en último término, forzar a una reestructuración de la empresa.