La nueva directiva de viajes combinados empieza a aterrizar en España: qué piden las agencias
Hosteltur. La nueva regulación europea de los viajes combinados comienza a aterrizar en España y las agencias marcan posiciones. El ministerio de Consumo ha abierto la consulta pública previa para preparar la transposición de la Directiva (UE) 2026/1024, un proceso que afectará a cuestiones sensibles para el sector como los reembolsos, las reclamaciones, la insolvencia, la tesorería y la responsabilidad de los distintos operadores turísticos. La consulta, abierta hasta el 31 de julio, abre la posibilidad a las patronales a que se tenga en cuenta algunas de las líneas rojas para no introducir cargas adicionales.
Aunque la directiva deja un margen limitado a los Estados miembros, la apertura de la consulta pública previa supone el primer paso para incorporar al ordenamiento español la nueva Directiva europea de viajes combinados.
En esta fase todavía no existe un articulado concreto sobre el que formular alegaciones. El Ministerio busca conocer la opinión de empresas, organizaciones y sectores afectados acerca de los problemas que debería abordar la futura regulación, sus objetivos y las posibles alternativas normativas.
Cuando el Gobierno redacte el anteproyecto, previsiblemente se abrirá un nuevo trámite de audiencia e información pública. Será entonces cuando las organizaciones podrán presentar observaciones técnicas y jurídicas sobre disposiciones concretas.
UNAV-FETAVE reclama una norma adaptada a la realidad de las agencias
UNAV–FETAVE considera que la consulta representa una oportunidad para trasladar al ministerio “las preocupaciones y necesidades reales de las agencias de viajes”. Ambas organizaciones, que se encuentran en proceso de integración, han anunciado que seguirán de cerca la transposición y defenderán los intereses empresariales en aquellos ámbitos donde exista margen de actuación nacional.
Entre sus principales prioridades se encuentran:
- La seguridad jurídica en la interpretación y aplicación de la normativa.
- El tratamiento de las circunstancias inevitables y extraordinarias.
- El impacto económico y de tesorería que soportan las agencias organizadoras durante las crisis.
- El régimen de reembolsos y la relación con los prestadores de servicios.
- La adaptación de la norma a un tejido empresarial formado principalmente por pymes y microempresas.
- CEAV pide mantener los plazos europeos para las reclamaciones
Por su parte, CEAV, tal y como ha trasladado a HOSTELTUR, concentrará sus aportaciones en los ámbitos en los que la propia norma permite a los Estados miembros adoptar una regulación distinta. El primero es la gestión de las reclamaciones. La Directiva establece que el organizador deberá acusar recibo en un plazo máximo de siete días y ofrecer una respuesta razonada en un máximo de sesenta días naturales. Aunque los Estados pueden reducir este último periodo, CEAV defenderá que España mantenga el plazo europeo.
La patronal sostiene que una reclamación sobre un viaje combinado puede requerir información de aerolíneas, hoteles, empresas de transporte y otros proveedores establecidos en diferentes países. Acortar el plazo, advierte, podría dificultar el análisis del expediente y reducir la calidad de la respuesta al viajero.
La protección frente a la insolvencia, otra prioridad
El segundo ámbito en el que CEAV identifica margen nacional es la protección frente a la insolvencia. La Directiva obliga a garantizar los pagos realizados por los viajeros y, cuando corresponda, su repatriación, pero deja a cada Estado la configuración de su sistema de garantías y la posibilidad de extender determinadas obligaciones a los minoristas.
CEAV defenderá el mantenimiento del modelo español, al considerar que ha resultado suficiente para proteger a los viajeros. Su propuesta pasa por introducir únicamente las adaptaciones imprescindibles para cumplir la normativa europea, sin añadir cargas desproporcionadas a las agencias.
La patronal también pedirá conservar los plazos previstos para que las entidades garantes tramiten los reembolsos: seis meses con carácter general y hasta nueve meses en casos excepcionales y justificados.

