Qué necesita un viajero para entrar en España desde la UE y terceros países | Federació Hostaleria i Turisme de les Comarques de Girona

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Qué necesita un viajero para entrar en España desde la UE y terceros países

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Hosteltur. Antígenos, certificado verde digital y apertura a países extracomunitarios, las novedades. Desde este lunes 7 de junio ha entrado en vigor en España la nueva normativa que admite pruebas de antígenos rápidas aprobadas por la UE y los certificados de vacunación o recuperación para los viajeros procedentes de Europa. España también se abre a los viajeros de países extracomunitarios con certificados de vacunación, gracias a la mejora de la situación epidemiológica y al avance de la vacunación tanto en España como en muchos países del mundo (vea: España abre sus puertas hoy a los inmunizados con una de seis vacunas). Esta es una pequeña guía para conocer las novedades y los requisitos para los viajeros según de qué país procedan.

Esta pequeña guía consta de dos apartados, con dos subapartados cada uno:

– Viajeros procedentes de la UE y el Espacio Económico Europeo:

  1. Viajeros procedentes de países europeos considerados de riesgo
  2. Viajeros procedentes de países europeos que no se consideran de riesgo

– Viajeros procedentes de países que no son de la UE ni del Espacio Económico Europeo:

  1. Si proceden de un país de baja incidencia
  2. Si proceden de un país en zona de riesgo

Así pues:

– Viajeros procedentes de la UE y el Espacio Económico Europeo

El Ministerio de Turismo recomienda a estos viajeros, procedentes de países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo (EEE) que consulten el listado de países que publica y actualiza cada 15 días el Ministerio de Sanidad (y que puede descargarse en el botón azul), para comprobar qué requisitos deben cumplir.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que, en este momento, todos los países de la UE y del EEE son considerados zonas de riesgo, a excepción de Islandia.

1. Si el viajero procede de una zona incluida en esta lista de países de riesgo de la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo

Prácticamente todos los países de Europa menos Islandia están en esta situación. El viajero procedente de estos lugares deberá certificar alguno de estos tres requisitos:

a) Certificado de vacunación: expedido por las autoridades competentes del país de origen a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis de la pauta vacunal completa. Las vacunas admitidas serán las autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento o aquellas que hayan completado el proceso de uso de emergencia de la Organización Mundial de la Salud. Es el llamado certificado verde digital, que España también ha empezado a probar desde este lunes.

El certificado de vacunación debe incluir al menos la siguiente información:

  1. Nombre y apellido del titular
  2. Fecha de vacunación, indicando la fecha de la última dosis administrada
  3. Tipo de vacuna administrada
  4. Número de dosis administradas/pauta completa
  5. País emisor
  6. Identificación del organismo emisor del certificado de vacunación

b) Certificado de diagnóstico: prueba negativa PCR o similar (tipo NAAT), o test negativo de antígeno de los incluidos en la lista común de la Comisión Europea, expedidos en las 48 horas anteriores a la llegada a España.

c) Certificado de recuperación (prueba de que se ha superado la enfermedad): expedidos por la autoridad competente o por un servicio médico como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica tipo NAAT (PCR, TMA, LAMP y similares) con resultado positivo. La validez del certificado finalizará a los 180 días a partir de la fecha de la toma de la muestra. Deberá incluir al menos la siguiente información:

  1. Nombre y apellido del titular
  2. Fecha de la toma de muestras del primer test diagnóstico positivo para SARS-CoV-2
  3. Tipo de test NAAT realizado
  4. País emisor

Cualquiera de estos tres certificados deberán estar redactados en español, inglés, francés o alemán.

Si no es posible obtener el original en alguno de estos idiomas, el documento acreditativo deberá ir acompañado de una traducción al español realizada por un organismo oficial.

2. Si el viajero procede de zonas de la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo no incluidas en el listado anterior

No se le pedirá ninguna prueba diagnóstica ni certificado de vacunación o inmunidad, ya que procede de un país que no es considerado de riesgo. En este momento Islandia sería el único país en estas condiciones. Recordemos que este listado de países de riesgo es actualizado cada 15 días.

– Turistas procedentes de un país que no pertenece a la UE ni al EEE

Quienes viajen a España por turismo procedentes de un país que no pertenezca a la UE ni al Espacio Económico Europeo (EEE) tendrán que consultar el citado listado de países para comprobar la situación del lugar del que proceden.

1. Si viajan desde un país de la lista de países con baja incidencia (que no están clasificados como zona de riesgo), podrán viajar sin necesidad de prueba diagnóstica ni certificado de vacunación ni inmunidad

En estos momentos los países incluidos en la lista de baja incidencia y por tanto, exentos de certificados y pruebas, son:

  1. Australia
  2. Israel
  3. Japón
  4. Nueva Zelanda
  5. Ruanda
  6. Singapur
  7. Corea del Sur
  8. Tailandia
  9. Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
  10. China y las regiones administrativas especiales de Hong Kong y Macao (sujeto al principio de reciprocida

2. Si viajan desde un país que no está en la lista de países exentos a partir del 7 de junio (o sea, que está en la lista de las zonas de riesgo)

Se entiende que son los países extracomunitarios menos los de la lista anterior. Se permitirá la entrada de personas que viajen por turismo si cuentan con un certificado de vacunación expedido por las autoridades competentes del país de origen a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis necesaria para completar el ciclo de vacunación.

En esta categoría están en este momento todos los países de Sudamérica, América Central, el Caribe y EEUU.

Las vacunas admitidas serán las autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento o aquellas que hayan completado el proceso de uso de emergencia de la Organización Mundial de la Salud. En estos momentos estas vacunas son las producidas por Pfizer-Biontech, Moderna, Astra-Zeneca, Janssen/Johnson&Johnson, Sinovac y Sinopharm.

El certificado de vacunación deberá incluir al menos la siguiente información:

  1. Nombre y apellido del titular
  2. Fecha de vacunación, indicando la fecha de la última dosis administrada
  3. Tipo de vacuna administrada
  4. Número de dosis administradas/pauta completa
  5. País emisor
  6. Identificación del organismo emisor del certificado de vacunación

Documentación que el viajero debe rellenar

Independientemente de su país de procedencia, todos los pasajeros que lleguen a España vía aérea o marítima, incluidos los que estén en tránsito y los menores de 6 años, deberán cumplimentar antes de su salida un formulario de control sanitario a través de la web www.spth.gob.es o de la app Spain Travel Health.

La cumplimentación del formulario genera un código QR individualizado que el viajero deberá presentar a las compañías de transporte antes del embarque, así como en los controles sanitarios en el punto de entrada a España.

¿En qué consisten los controles sanitarios a la llegada?

Incluirán al menos toma de temperatura mediante termómetros sin contacto o por cámaras termográficas; un control documental y un control visual sobre el estado del pasajero.

Los pasajeros con un Certificado COVID Digital de la UE y aquellos procedentes de países no considerados de riesgo (tanto europeos como de terceros países) obtendrán un código QR FAST CONTROL que da acceso a unos controles sanitarios más ágiles, ya que no tendrán que mostrar el certificado ni en el embarque ni en el control sanitario a la llegada.

Ante la confirmación o sospecha de que un pasajero pueda padecer COVID-19 se activarán los protocolos establecidos de comunicación con los servicios sanitarios de las Comunidades Autónomas para su derivación y seguimiento.

Viajeros que entran en España como pasajeros de un crucero internacional

Los pasajeros de cruceros internacionales que naveguen por aguas del mar territorial no deberán utilizar la aplicación de Spain Travel Health, sino que la recogida de su información se realizará a través de la aplicación EU Digital Passenger Locator Form, disponible a través del siguiente enlace https://www.healthygateways.eu/.

Viajeros que entran en España a través de las fronteras terrestres

Todas las personas de 6 años o más, procedentes de países o zonas de riesgo que lleguen a España vía terrestre deberán disponer de alguna de las certificaciones de vacunación, prueba diagnóstica o recuperación especificadas en el primer apartado.